Contratos de formacion en alternancia

Características principales

  • Doble objetivo: Permiten al trabajador obtener una cualificación profesional (a través de un Certificado de Profesionalidad, un Título Oficial de Formación Profesional o el Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo) a la vez que realiza un trabajo remunerado en una empresa.
  • Compatibilidad: La jornada se distribuye entre el trabajo efectivo y la formación teórica.
    • Primer año: 65% de la jornada se dedica a trabajo efectivo y 35% a formación.
    • Segundo año: 85% de la jornada se dedica a trabajo efectivo y 15% a formación.
  • Duración: La duración mínima es de 3 meses y la máxima de 2 años, aunque puede prorrogarse si la formación lo requiere y no se supera el límite máximo.
  • Salario: Se rige por el convenio colectivo. Si no se especifica, no puede ser inferior al 60% (primer año) o 75% (segundo año) de lo fijado para el grupo profesional con esas funciones. En ningún caso puede ser inferior al 65% (primer año) o 85% (segundo año) del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
  • Edad: Dirigido a personas mayores de 16 y menores de 30 años, aunque no hay límite de edad para personas con discapacidad.
  • Tutorización: El trabajador cuenta con dos tutores: uno en la empresa y otro en el centro de formación, quienes supervisan y apoyan el proceso de aprendizaje.
  • Sin periodo de prueba: Estos contratos no tienen periodo de prueba.
  • Cobertura de la Seguridad Social: El trabajador está dado de alta en la Seguridad Social y tiene derecho a prestaciones por desempleo, entre otras.

Requisitos para el trabajador

  • Edad, mayores de 16 y menores de 30.
  • Estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE.
  • No tener una titulación oficial relacionada con el puesto de trabajo para el que se le contrata.
  • No haber tenido previamente un contrato de formación de iguales características (mismo nivel formativo y actividad laboral) en la misma empresa o en otra.
  • No haber trabajado para la misma empresa en el mismo puesto en los últimos 6 meses.
  • Cumplir con las horas de formación teórica estipuladas.

Beneficios para la empresa

  • Ahorro en costes: Significativa bonificación en las cuotas empresariales de la Seguridad Social (puede llegar a ser del 100% en algunos casos).
  • Incentivos por tutorización: Bonificaciones adicionales por la designación de un tutor en la empresa.
  • Bonificaciones por transformación a indefinido: Si el contrato se convierte en indefinido, la empresa puede acceder a incentivos económicos adicionales durante tres años.
  • Flexibilidad: No existe limitación en el número de contratos de alternancia por empresa.
  • Formación a medida: Permite a la empresa formar a futuros profesionales según sus necesidades específicas, desarrollando talento interno.
  • Sin devolución: En caso de cese anticipado del contrato, la empresa no tiene que devolver los beneficios aplicados en la Seguridad Social, siempre que se respete la normativa laboral.

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